Teresa González la acérrima Insurgente
Renunció a su fortuna por la libertad de la Patria
Por Ana Yim*
El inagotable desempeño de las mujeres venezolanas por la libertad de la patria y no cumplir más órdenes de España, es puesto esta vez en manos de Teresa González, quien se unió a la causa de la independencia. Señalada de traidora al rey, insurgente, de ser delirante y amante por la causa de la independencia. Su meritoria contribución radica en seguir la causa firme y nada vacilante para la emancipación, dejando atrás su fortuna y aunque estando muy acomodada con un caudal de bienes, no desestimó su dignidad ni la oportunidad de ser libre.
El sacrificio de esta patriota llanera y heroína libertadora Teresa Gonzáles, es una exposición frente al interés social de libertad que encabezaba el insurgente Simón Bolívar.
Pesa sobre esta mujer estratega una persecución judicial por traición al rey, la cual logra evadir convenientemente, arriesgándose en renunciar a todos sus bienes personales por un bien colectivo, llamado “libertad”, como se lee a continuación:
Transcrito del documento original:
Barinas - Guasdalito - 11 de Noviembre / Año 1815
Información sumaria sobre la conducta política de Doña Teresa González.
En este pueblo de Guasdalito a cuatro de diciembre de 1815. Yo, Don Pablo Elisalde administrador de nuestro pueblo, hallándome electo por el Señor Gobernador y Presidente del Tribunal de secuestros de la ciudad de Barinas para el seguimiento de las causas que deben seguir a todos los insurgentes según el oficio que me pasa con fecha de veintisiete del pasado y es como sigue.
Las muchas ocupaciones del Teniente de Justicia del pueblo Don Juan Miguel Pacheco no le permiten atender en la formación de causas que deben seguírsele a los insurgentes de este pueblo y su partido, así pues, sírvase usted tomar a su cargo la evacuación de ellas a la mayor brevedad posible, pues esta junta se halla en descubierto con la superior de la causa de no tener la menor noticia de los intereses que pertenecen al Rey por esta norma en esta partida, y para darle el debido cumplimiento a la causa que se procede siendo cómplice en este delirio de Teresa González al mando se proceda a completar el siguiente sumario con los testigos que sean fieles al Rey y a la justa causa, así lo dije mande y firme con testigos por defecto de error de que certifico.
Pablo Elisaldo
Candelario Escobar
Continua
Yo dicho Juez y al efecto que se hará, hice comparecer a Don Agustín Baca, este viniendo a que firme ante los testigos bajo el juramento que hizo por Dios y una Señal de Cruz por la que prometió decir la verdad en lo que supiese y e le preguntare y haciéndolo dijo: que conoce de vista, trato y comunicación a Teresa González y que según los generales de la ley se le pregunta: si sabe que condujera obras. Dijo: que la conoce, dijo que es insurgente y traidora al Rey y que se fue para Casanare teniendo todo su caudal en el otro lado del Arauca, y que abandonó su caudal por no estar con nosotros siguiendo la causa que seguimos. Que sabe de cierto se haya en Casanare con los insurgentes y que no ha querido venir más a este pueblo y por este motivo dice es insurgente y traidora a la nación española.
Procede en fuerza del juramento que ha prestado y en ello lo afirma y que siendo necesario lo dirá de nuevo y habiéndole leído su declaración dijo estar bien, que no firma porque dijo no sabe hacerlo. Juez Comandante con los testigos del excelentísimo en que certificoPablo Elisalde
Candelario Escobar
Sigue
Yo dicho juez comandante para el efecto hice comparecer a Don José Ximenez, este testigo ofreció juramento que hizo por Dios y una señal de la Cruz prometió decir verdad de lo que supiese y siéndolo.
En conversa dijo que conoce de vista, trato y comunicación a Teresa González de este vecindario, dice que se fue siendo una mujer acomodada dijo que el yerno se la llevo para que no pregunten quienes la conocen sea insurgente, y aunque teniendo haciendas las abandonó y que desde que se fue no ha visto poseer, dejo el bien, sabe que es insurgente y es todo cuanto puede decir en firmeza del juramento que ha prestado, en el que se testifica que lo dicho de nuevo sigue siendo y diciéndolo, dijo que es de la edad de veintisiete y firmo con los testigos que certifico.
Pablo Elisaldo
Candelario Escobar
José Ximenez
Más adelante
Y continuando así, en el presente oficio hice comparecer a Don Javier Armando Galindo, de este vecindario al que detuvimos meses y quien había jurado por Dios Nuestro Señor y una Señal de la Cruz para la que prometió decir la verdad de lo que supiese y le fuese preguntado y siéndolo dijo que conoce de vista a Doña Teresa González y preguntándole por qué motivo conoce se había ido con el yerno, dijo: porque quería irse más bien con los insurgentes, ha dejado bastantes haciendas y se ha ido al otro lado del Arauca y que desde que se fue no ha venido a aparecer y que conoce de dicha González, ama la insurgencia, pero siendo una mujer de caudal no ha dado forma de volver aunque por todas partes la tienen como insurgente, y por las voces se puede decir con fuerza del proceso que tiene dado en lo que se confirma y se rectifica y que él mismo siendo interrogado lo dirá de nuevo, siéndolo que esta es su verdad y dijo que está bien escrita que es de edad de treinta y tres años y no firmo porque dijo que no sabía, hízolo con testigos por defecto del año en que certifico.
Pablo Elisaldo
Candelario Escobar
Y concluye
Mediante a estar concluido este sumario y háganse en el delito de traidor al Rey que en ella se muestra, invitar al Señor Presidente General de Secuestros para esta causa, para los efectos convengan y lo firmo con testigos de este pueblo de Guasdalito. A cinco de Diciembre de Mil ochocientos quince porque certifico.
Pablo Elisaldo
Juan Cárdenas
Esta revolucionaria independentista, pone fuera de lugar sus bienes materiales y sus comodidades con el fin de instaurar en la patria la libertad plena, acusada de traidora al rey, sobrellevada por los castigos que se les adjudicarían, por ser culpada de: amante de la insurgencia y la libertad.
Muy mal vista por la justicia. Justicia que se impregna el papel fundamental de la mujer únicamente para cumplir la concepción implantada por los españoles, (labores del hogar) labores asignadas por Dios y el hombre… de ser interrumpida era severamente castigada.
Pensando los juristas en el amor que Teresa González podía tener a sus bienes, por ser una conducta traída desde España, heredada y practicada por muchas mujeres, lo que Gálvez (1990) describe:
Las mujeres no solo aseguraban la herencia y el linaje, sino introducen el lado afectivo de la vida, guardando de las comidas y arreglo de la casa, procedimientos a través de los cuales se producía el hogar de la patria lejana. Es un hecho incontrastable que la mujer participó activamente en la construcción de la cultura colonial por ser el eje principal del núcleo familiar, donde se transmitían los valores culturales de base”
Este compromiso impuesto es el que debía permanecer culturalmente de generación en generación, responsabilidad que Teresa González rehúsa y no sigue practicando. Se equivocan los juristas, ella ha abandonado sus bienes por el compromiso de lograr una Patria libre, sin las conexiones ni ataduras que se imponían desde España.
Aquí se muestra a una mujer con poder económico y político, que para la concepción de los realistas debía ser escondida y castigada.
* El presente ensayo forma parte de la investigación de la Doctora Ana Yin, titulada La Presencia femenina durante la gesta independentista de Venezuela y demás contextos históricos. Heroínas insurgentes, realizada para el Instituto de Investigaciones Estrastégicas sobre África y su Diápora, con el fin de visibilizar a las aguerridas mujeres venezolanas, cuya existencia es casi totalmente desconocida. Esta es la segunda entrega de esta fascinante investigación, muy a propósito del lanzamiento de la Catedra de la mujeres negras y afrodescentientes del Sur Global
Fuente de la Investigación : “Información sumaria sobre la conducta política de Doña Teresa González [1815]”, ANH, Sección Independencia, tomo 301, exp. 1394, f. 1-10.
Publicado por AiSUR
Para el Centro de Saberes Africanos, Americanos y Caribeños.
Premio Nacional de Periodismo Necesario Anibal Nazoa 2020