
El decreto faculta a las fuerzas de seguridad a intervenir para «precautelar la protección interna, el restablecimiento, mantenimiento y control del orden público», así como para neutralizar actividades criminales
Las provincias afectadas son Pichincha (donde se encuentra la capital, Quito), Guayas, Manabí, Santa Elena, Los Ríos, El Oro, Esmeraldas, Santo Domingo de los Tsáchilas, Sucumbíos y Azuay. Además, la norma abarca los municipios de La Maná (Cotopaxi), Las Naves (Bolívar) y La Troncal (Cañar).
El decreto faculta a las fuerzas de seguridad a intervenir para «precautelar la protección interna, el restablecimiento, mantenimiento y control del orden público», así como para neutralizar actividades criminales. Una de las suspensiones más significativas es la de la inviolabilidad del domicilio, permitiendo allanamientos sin orden judicial previa ante sospechas de ilícitos.
Esta decisión contrasta con declaraciones recientes de Noboa desde Estados Unidos, quien afirmó que no ampliaría el estado de excepción anterior, sino que implementaría uno nuevo si era necesario. Desde que declaró el «conflicto armado interno» en enero de 2024, el mandatario ha utilizado sucesivamente esta figura legal, variando su alcance geográfico y temporal, incluyendo toques de queda nocturnos en meses previos.
Pese a estas medidas de mano dura y la catalogación de bandas criminales como «terroristas», la violencia no ha cedido ya que, según cifras del Ministerio del Interior, Ecuador cerró el año 2025 con un récord de aproximadamente 9.300 homicidios, posicionándose como el país con la tasa más alta de Latinoamérica. El gobierno sostiene que estas acciones son indispensables para recuperar la seguridad ciudadana frente al crimen organizado, donde el último se extendió desde abril hasta el pasado primero de junio, mientras se realizaron toques de queda en marzo y mayo para ayudar a reducir la actividad criminal.
Fuente: teleSURtv.net
Publicado por AiSUR
Premio Nacional de Periodismo Necesario Anibal Nazoa 2020.


