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Política

Parlamento de Ecuador determina que legisladores que buscan reelegirse deben solicitar licencia

Foto: Portal web de la Asamblea Nacional de EcuadorFoto: Portal web de la Asamblea Nacional de Ecuador

La Asamblea Nacional (parlamento unicameral) de Ecuador aprobó este 4 de enero una resolución que dispone la licencia sin sueldo desde el 5 de enero hasta el 9 de febrero para todos los legisladores que participarán en la campaña electoral para buscar su reelección para el período 2025-2029.

El parlamento aprobó con 79 votos a favor una moción que dispone "la licencia sin remuneración a partir del 5 de enero de 2025 hasta el 9 de febrero de 2023 inclusive, por lo que, las y los asambleístas (legisladores) que son candidatos a elección popular a su mismo cargo, deberán hacer uso de dicha licencia durante la campaña electoral".

La moción recibió el voto positivo de 79 parlamentarios, mientras otros 31 se manifestaron en contra y otros 19 se abstuvieron.

El documento fue argumentado en cumplimiento del artículo 93 del Código de la Democracia, que rige los procesos electorales del país.

El texto respaldado en la sesión ordena la suspensión del pago del salario a los integrantes del Legislativo que participarán en la campaña proselitista, así como de sus derechos o beneficios y los accesos de credenciales y correos.

La presidenta de la Asamblea Nacional, Viviana Veloz, del movimiento izquierdista Revolución Ciudadana, señaló que es su obligación exigir respeto a las normas de parte de los legisladores y rechazó el "golpe de Estado" alegado por parte del movimiento oficialista Acción Democrática Nacional (ADN, centroderecha), cuyos legisladores no habían solicitado la licencia hasta el momento de este debate.

"Esto no es un golpe de Estado, pues esto sucede cuando se rompe el Estado de derecho y no cuando se exige a todos los actores respetar la Constitución y la ley", aseveró.

Veloz señaló que esta sesión fue convocada debido a la "irresponsabilidad de ciertos legisladores que pretenden incumplir con las normas expresas del Código de la Democracia vigente", que garantiza la igualdad en la contienda electoral, y justificarse con una sentencia interpretativa de la Corte Constitucional del 2010.

Según dijo, dicha norma se refiere a la reelección desde el punto de vista de la contabilización y cálculo de los periodos para ejercer el cargo, pero dijo que en ninguna parte refiere el incumplimiento de las obligaciones y requisitos expresos.

Apuntó que en 2020 hubo una reforma a dicho Código de la Democracia "que hizo obligatoria la licencia sin sueldo para todos los candidatos que fueran a participar en la reelección", con legitimidad constitucional.

"No cabe ningún tipo de argucia política, ningún tipo de leguleyada jurídica para intentar inaplicarla para este proceso electoral", aseveró.

Tanto el Gobierno encabezado por Daniel Noboa como ADN rechazan que este artículo aplique al señalar que fueron electos en comicios anticipados, convocados como resultado de la aplicación del mecanismo de la "muerte cruzada", con la cual se disolvió el Legislativo y se llamó a las urnas de forma extraordinaria.

Más de 13 millones de electores están convocados a las urnas en Ecuador el 9 de febrero para elegir al nuevo binomio presidencial que gobernará en los próximos cuatro años, así como a los 151 integrantes de la Asamblea Nacional y a los cinco representantes al Parlamento Andino.


Fuente: SPUTNIK
Publicado por AiSUR
Premio Nacional de Periodismo Necesario Anibal Nazoa 2020


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