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SUMMARY:19  de abril de 1810: Proclamación de la Independencia de Venezuela
LOCATION:Venezuela
DESCRIPTION:<p><span class="easy_img_caption" style="display:table;max-width:100%;box-s
 izing:border-box;vertical-align:top;background-color:#BCAF9C;padding:8px 8p
 x 0px 8px;margin-left: auto;margin-right: auto;"><img src="images/2020/03/1
 9Abril1810.jpg" alt="19Abril1810" style="display: block;  width:100%;margin
 :0;" /><span class="easy_img_caption_inner" style="display:block;"><span st
 yle="display:block;color:#5E5E5E;font-size:13px;line-height:1.4;font-weight
 :normal;font-style:italic;text-align:center;padding:4px 0px 6px 0px;margin:
 0px;">19Abril1810</span></span></span></p>  <p><strong>19 de abril de 1810:
  Proclamación de la Independencia de Venezuela</strong></p>  <p>Proclamació
 n de la Independencia de Venezuela y creación de la Junta Suprema de Caraca
 s (luego de Venezuela) que prepararía las formalidades para la convocatoria
  a un Congreso Constituyente que declararía la independencia del país el 5 
 de julio de 1811.</p>  <hr id="system-readmore" />  <p><strong>Los Olvidado
 s del 19 de abril de 1810:</strong></p>  <p><strong>Para el 19 de abril de 
 1810</strong>, el ánimo de transformación americana, aquella sociedad que n
 o requería de andadera, al decir de Bello, tuvo en sus hombres, la necesari
 a minoría dirigente que supo encontrar el camino que conduce a la gloria. N
 o hay, hasta donde se alcanza otro país hispanoamericano que pueda ostentar
  en este momento un grupo de igual magnitud. Por eso Caracas fue el punto d
 e arranque y el centro de acción, que sirvió de modelo y ejemplo al resto d
 e Hispanoamérica. Y entre sus hombres, Juan Germán Roscio.</p>  <p>&nbsp;El
  relato de Benito Losada (1953) encuentra a Roscio en&nbsp;<strong>la noche
  del 18 de abril</strong>&nbsp;y en la madrugada del 19 de abril junto a Ma
 rtín Tovar Ponte, Nicolás Anzola, Madariaga, Ribas, Sosa entre otros, lo cu
 al confirma la relación de Roscio con los actores de 1808 y su insistencia,
  tanto en sus intervenciones del Congreso de 1811 como en sus escritos, de 
 que la Independencia debió declararse en 1808.</p>  <p>Juan Germán Roscio N
 ieves irrumpe en el Cabildo de Caracas la mañana del Jueves Santo de 19 de 
 abril de 1810, como&nbsp;<strong>diputado del pueblo</strong>. Dicha nomina
 ción no fue improvisada, ni tampoco una autoproclamación del llanero.</p>  
 <p>&nbsp;La planificación detallada del evento es prueba de que&nbsp;<stron
 g>Roscio, De Rivas y Sosa</strong>&nbsp;fueron los comisionados por el grup
 o de conspiradores para que asumiera dicho papel. Los cuatro debieron ganar
 se con anterioridad la voluntad de la mayoría de los que irían al cabildo a
 bierto del 19 de abril. Tuvieron que haber sido individuos muy populares en
 tre la población y dentro de los “conspiradores”. De no ser así, ni los cab
 ildantes dentro del inmueble, ni la seguridad de Emparan ni los principales
  líderes entre la gente que estaba en la Plaza Mayor les hubiese permitido 
 la entrada.</p>  <p>La figura de diputado del pueblo fue esencial para la c
 onstitución de las juntas supremas que se estaban constituyendo en América.
  Ante estos diputados (usualmente dos) juraban las nuevas autoridades en la
 s que se deposita la soberanía popular. Estos diputados validan en nombre d
 el pueblo los hechos.</p>  <p>Por tanto, dado el carácter plebiscitario de 
 aquellos acontecimientos, tanto Ribas como Roscio y los demás diputados del
  19 de abril fueron elegidos a mano alzada por el pueblo para representarlo
 s en aquel cabildo extraordinario.</p>  <p>Roscio por su popularidad, antec
 edentes en la defensa de los derechos civiles y la igualdad étnica; Madaria
 ga, sacerdote parroquial cuyas alocuciones liberales eran bien conocidas, y
  muy respetado por el cabildo y las recién nombradas autoridades españolas.
  Luego se sumaría, electo por el gremio de los pardos, el preclaro revoluci
 onario José Félix Ribas, pariente de los Bolívar.</p>  <p>El pueblo reconoc
 ido en 1810 estaba constituido por los “hombres libres”, por lo que aún no 
 entraban los “infelices esclavos”. En la proclama de Francisco de Miranda, 
 Coro de 2 de agosto de 1806, el Precursor amplía la concepción de pueblo:</
 p>  <p>Que los buenos e inocentes indios, así como los bizarros pardos, y m
 orenos libres crean firmemente que somos conciudadanos.</p>  <p>El asunto d
 e la abolición de la esclavitud va ser considerado por la República por pri
 mera vez en 1812 cuando el General Supremo, Francisco de Miranda, promete l
 a libertad a cambio de servicios militares. Ahora bien, sería Simón Bolívar
  quien efectivamente la decretará en 1817 tanto para los esclavizados como 
 para sus descendientes.</p>  <p>Sobre el papel los dos diputados del pueblo
  en las Juntas Supremas, sus funciones se deducen del análisis de actas o p
 ronunciamiento sobre los sucesos españoles. Por ejemplo, en la de Quito de 
 1809 se establece:</p>  <p>Nos, los infrascritos diputados del pueblo, aten
 didas las presentes críticas circunstancias de la nación, declaramos solemn
 emente haber cesado en sus funciones a los magistrados actuales de esta cap
 ital.</p>  <p>Estos diputados, al ser representantes del pueblo cuya volunt
 ad era ejercer el derecho de designar sus gobernantes, estaban comisionados
  para llevar ante el órgano directivo vigente la decisión tomada.&nbsp;</p>
   <p>En el Acta de la&nbsp;<strong>Junta de Nueva Granada del 20 de julio d
 e 1810</strong>, los diputados tienen un papel determinante en las decision
 es de revocatoria de las autoridades españolas y en la designación de las n
 uevas autoridades:</p>  <p><strong>En virtud de haberse juntado el pueblo e
 n la plaza pública</strong>&nbsp;y proclamado por su diputado el señor regi
 dor don José Acevedo y Gómez “respondió el pueblo con las señales de la may
 or complacencia, aprobando cuanto expuso su diputado.</p>  <blockquote>  <p
 >(…) Con este motivo se levantaron sucesivamente de sus asientos varios de 
 los vocales nombrados por el pueblo, y con sólidos y elocuentes discursos d
 emostraron ser un delito de lesa majestad y alta traición, el sujetar o pre
 tender sujetar la soberana voluntad del pueblo, tan expresamente declarada 
 en este día.</p>  <p>(…) En manos del señor regidor, primer diputado del pu
 eblo don José Acevedo y Gómez: Juramos por el Dios que existe en los cielos
  y cuya imagen está presente y cuyas sagradas y adorables máximas contiene 
 este libro, cumplir religiosamente la constitución y voluntad del pueblo ex
 presada en esta acta.</p>  </blockquote>  <p>&nbsp;En el acta del 19 de abr
 il de 1810, se expresa en algo el proceso de elección de los diputados vene
 zolanos para integrar aquel cabildo convertido en “congreso provisional”.&n
 bsp;<strong>No puede haber dudas de que la selección debió producirse antes
  de que los ánimos se caldearan</strong>. Pero si se realizó su proclamació
 n en plena efervescencia para que tuviera su impacto en las autoridades esp
 añolas y en el resto de la población que llenaba las calles en uno de los d
 ías del mayor&nbsp; fervor católico como era el Jueves Santo. Un día segura
 mente escogido simbolicamente por los “conspiradores” para efectuar el defi
 nitivo pronunciamiento:</p>  <blockquote>  <p>&nbsp;Y entonces, aumentándos
 e la congregación popular y sus clamores por lo que más le importaba, nombr
 ó para que representasen sus derechos, en calidad de diputados, a los señor
 es doctores don José Cortés de Madariaga, canónigo de merced de la menciona
 da iglesia; doctor Francisco José de Rivas, presbítero; don José Félix Sosa
  y don Juan Germán Roscio</p>  <p>(…) en la cual también se insertan (acta)
  los demás diputados que posteriormente fueron nombrados por el pueblo (…) 
 En este estado notándose la equivocación padecida en cuanto a los diputados
  nombrados por el gremio de pardos se advierte ser sólo el expresado don Jo
 sé Félix Ribas.</p>  </blockquote>  <p>&nbsp;Queda con amplitud y sin lugar
  a equivocaciones, expresado en el acta, el carácter de elección popular de
  los diputados mencionados a los que se les dio la misión fundamental de de
 stituir a las autoridades y nombrar nuevo gobierno autónomo, en nombre del 
 pueblo. Esos hombres llevaban sobre sus espaldas el peso más importante de 
 aquella mañana: la representación de la soberanía popular.</p>  <p>Las prin
 cipales deliberaciones se suceden entre Emparan y los diputados del pueblo.
  “Habló en primer lugar después de su señoría el diputado primero en el ord
 en con que quedan nombrados”, reza el acta redactada por el Diputado Roscio
  Nieves. Todo esto explica las palabras y acciones hasta gestuales de aquel
 los hombres. Eran la voz del pueblo en aquel “congreso” por lo que&nbsp; su
 s palabras y señas, como las ya célebres del Padre Madariaga, eran seguidas
  con máxima atención.&nbsp;</p>  <p>Al final del Acta del 19 de abril, se i
 ncluyen vivas a los diputados que representan al Pueblo. Vale decir, vivas 
 a Madariaga, De Rivas. Sosa, Ribas y Roscio por la misión cumplida. Felicit
 aciones que les otorgaban sus compañeros por la correcta tarea en aquel glo
 rioso momento para la Patria.</p>  <p>Todo parecía bien aquella mañana hast
 a que&nbsp;<strong>los miembros de la Real Audiencia</strong>, una de las i
 nstituciones supremas de la tiranía española en la Capitanía General, se ne
 garon a presentarse en el lugar de la vital reunión a la que habían sido co
 nvocados.</p>  <p>Los de la Real Audiencia intentan hacer que los soldados,
  ya impuestos del paso dado, retrocedan y disuelva la augusta asamblea. Uno
  de los presentes le informa al diputado Roscio. Éste, a pasos firmes y agi
 gantados, se dirige al lugar de reunión de los realistas rebeldes. Entra, i
 mpone su recia presencia y con tono decidido les advierte que no tolerarán 
 su conducta en contra de la decisión soberana del pueblo. Sin mediar palabr
 as, les promete que serán tratados con respeto a su condición humana pero c
 on la firmeza necesaria si intentaban algo en contra de la voluntad popular
 .&nbsp;</p>  <p>Aquellos hombres, acorralados por la evidencia y la actitud
  decidida del diputado del pueblo, se doblegan y siguen dóciles al recio di
 putado cabildo, donde se les despoja definitivamente de toda autoridad.</p>
   <p><strong>En las deliberaciones para elaborar el acta, Roscio vuelve sob
 re principios del derecho natural, del mérito y la virtud.</strong>&nbsp;La
 s coincidencias en la obra escrita, antes y después, de Roscio con el acta,
  son las que prueban su papel protagónico en la redacción de la misma. En e
 l libro&nbsp;<em>El triunfo de la Libertad sobre el Despotismo</em>, en el&
 nbsp;<em>Patriotismo de Nirgua</em>&nbsp;y en el&nbsp;<em>Manifiesto que ha
 ce al Mundo la Confederación de Venezuela</em>, se distinguen conceptos ref
 eridos a la soberanía popular que se incorporan en breves líneas en el Acta
  del 19 de abril.</p>  <p>Mucho se ha especulado sobre&nbsp;<strong>la cual
 idad étnica del 19 de abril de 1810</strong>, a la que se ha insistido en c
 alificar de mantuana y oligarca,&nbsp; procurando restar méritos a la&nbsp;
 <strong>Revolución que originó la República</strong>. Un párrafo de unas no
 tas elaborados por los delegados enviados a Gran Bretaña, cuyo jefe era el 
 recién designado coronel&nbsp;<strong>Simón Bolívar</strong>, de fecha 5 de
  agosto de 1810, despeja esta duda:&nbsp;</p>  <blockquote>  <p>La Revoluci
 ón de Sur América se compone de Españoles nativos, a quienes ha sido siempr
 e la política de la Madre Patria confiar todo el poder civil y militar; de 
 los criollos, de los negros, que representan una muy pequeña proporción con
  los blancos y de los indios aborígenes; hay una quinta clase, que son los 
 llamados cuarterones producto de un mulato y de un blanco estos están repre
 sentados en la nueva Convención de Gobierno.</p>  </blockquote>  <p>La Revo
 lución que estalló en la ciudad de Caracas&nbsp;<strong>el 19 de abril de 1
 810, fue una insurrección de las cuatros últimas contra la primera casta</s
 trong>&nbsp;y por esta causa asume una importancia que de otro modo no tend
 ría como revolución popular que generó la independencia del país.</p>  <p>L
 a decisión había sido tomada, su perfeccionamiento estaba en marcha. Seguía
  ahora la conformación de la Junta Suprema de Caracas.&nbsp;</p>  <p>Un amp
 lio número de ciudadanos (23) va a componer este cuerpo:</p>  <p>José de la
 s Llamozas<br />Martín Tovar Ponte<br />Feliciano Palacios<br />Nicolás de 
 Castro<br />Juan Pablo Ayala;<br />José Cortés de Madariaga<br />José Hilar
 io Mora<br />Isidoro Antonio López Méndez<br />Francisco José Ribas<br />Ra
 fael González<br />Valentín de Ribas<br />José Félix Sosa<br />Juan Germán 
 Roscio N<br />Juan de Ascanio<br />Pablo Nicolás González;<br />Francisco J
 avier de Ustáriz<br />Silvestre Tovar Liendo<br />Nicolás Anzola<br />José 
 Félix Ribas<br />Fernando Key Muñoz<br />Lino de Clemente<br />José María B
 lanco<br />Dionisio Palacios</p>  <p>La Junta nombra como secretarios a Jos
 é Tomás Santana y Casiano Bezares, presidentes a José de las Llamozas y Mar
 tín Tovar Ponte. Se designa a Juan Germán Roscio Nieves para la secretaría 
 de Relaciones Exteriores, Nicolás Anzola en Gracia y Justicia, Hacienda a F
 ernando Key Muñoz y para Guerra y Marina Lino de Clemente.&nbsp;</p>  <p>Un
 a generación brillante que alumbró el camino hacia la Independencia,&nbsp;<
 strong>gran parte de ellos olvidados en el Bicentenario de su gloriosa gest
 a</strong>.</p>  <hr />  <p>&nbsp;Fuente: Tomado del libro de Reinaldo Bolí
 var (2013):&nbsp;<a href="https://saberesafricanos.net/escuela/fondo-docume
 ntal/category/14-libros-y-otras-publicaciones.html?start=20" class="jcepopu
 p" dir="ltr" data-mediabox="1">Los Olvidados del Bicentenario, Juicio Final
  al Mestizo Juan Germán Roscio Nieves</a>.</p>
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 x 0px 8px;margin-left: auto;margin-right: auto;"><img src="https://saberesa
 fricanos.net/images/2020/03/19Abril1810.jpg" alt="19Abril1810" style="displ
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 dding:4px 0px 6px 0px;margin:0px;">19Abril1810</span></span></span></p>  <p
 ><strong>19 de abril de 1810: Proclamación de la Independencia de Venezuela
 </strong></p>  <p>Proclamación de la Independencia de Venezuela y creación 
 de la Junta Suprema de Caracas (luego de Venezuela) que prepararía las form
 alidades para la convocatoria a un Congreso Constituyente que declararía la
  independencia del país el 5 de julio de 1811.</p>  <hr id="system-readmore
 " />  <p><strong>Los Olvidados del 19 de abril de 1810:</strong></p>  <p><s
 trong>Para el 19 de abril de 1810</strong>, el ánimo de transformación amer
 icana, aquella sociedad que no requería de andadera, al decir de Bello, tuv
 o en sus hombres, la necesaria minoría dirigente que supo encontrar el cami
 no que conduce a la gloria. No hay, hasta donde se alcanza otro país hispan
 oamericano que pueda ostentar en este momento un grupo de igual magnitud. P
 or eso Caracas fue el punto de arranque y el centro de acción, que sirvió d
 e modelo y ejemplo al resto de Hispanoamérica. Y entre sus hombres, Juan Ge
 rmán Roscio.</p>  <p>&nbsp;El relato de Benito Losada (1953) encuentra a Ro
 scio en&nbsp;<strong>la noche del 18 de abril</strong>&nbsp;y en la madruga
 da del 19 de abril junto a Martín Tovar Ponte, Nicolás Anzola, Madariaga, R
 ibas, Sosa entre otros, lo cual confirma la relación de Roscio con los acto
 res de 1808 y su insistencia, tanto en sus intervenciones del Congreso de 1
 811 como en sus escritos, de que la Independencia debió declararse en 1808.
 </p>  <p>Juan Germán Roscio Nieves irrumpe en el Cabildo de Caracas la maña
 na del Jueves Santo de 19 de abril de 1810, como&nbsp;<strong>diputado del 
 pueblo</strong>. Dicha nominación no fue improvisada, ni tampoco una autopr
 oclamación del llanero.</p>  <p>&nbsp;La planificación detallada del evento
  es prueba de que&nbsp;<strong>Roscio, De Rivas y Sosa</strong>&nbsp;fueron
  los comisionados por el grupo de conspiradores para que asumiera dicho pap
 el. Los cuatro debieron ganarse con anterioridad la voluntad de la mayoría 
 de los que irían al cabildo abierto del 19 de abril. Tuvieron que haber sid
 o individuos muy populares entre la población y dentro de los “conspiradore
 s”. De no ser así, ni los cabildantes dentro del inmueble, ni la seguridad 
 de Emparan ni los principales líderes entre la gente que estaba en la Plaza
  Mayor les hubiese permitido la entrada.</p>  <p>La figura de diputado del 
 pueblo fue esencial para la constitución de las juntas supremas que se esta
 ban constituyendo en América. Ante estos diputados (usualmente dos) juraban
  las nuevas autoridades en las que se deposita la soberanía popular. Estos 
 diputados validan en nombre del pueblo los hechos.</p>  <p>Por tanto, dado 
 el carácter plebiscitario de aquellos acontecimientos, tanto Ribas como Ros
 cio y los demás diputados del 19 de abril fueron elegidos a mano alzada por
  el pueblo para representarlos en aquel cabildo extraordinario.</p>  <p>Ros
 cio por su popularidad, antecedentes en la defensa de los derechos civiles 
 y la igualdad étnica; Madariaga, sacerdote parroquial cuyas alocuciones lib
 erales eran bien conocidas, y muy respetado por el cabildo y las recién nom
 bradas autoridades españolas. Luego se sumaría, electo por el gremio de los
  pardos, el preclaro revolucionario José Félix Ribas, pariente de los Bolív
 ar.</p>  <p>El pueblo reconocido en 1810 estaba constituido por los “hombre
 s libres”, por lo que aún no entraban los “infelices esclavos”. En la procl
 ama de Francisco de Miranda, Coro de 2 de agosto de 1806, el Precursor ampl
 ía la concepción de pueblo:</p>  <p>Que los buenos e inocentes indios, así 
 como los bizarros pardos, y morenos libres crean firmemente que somos conci
 udadanos.</p>  <p>El asunto de la abolición de la esclavitud va ser conside
 rado por la República por primera vez en 1812 cuando el General Supremo, Fr
 ancisco de Miranda, promete la libertad a cambio de servicios militares. Ah
 ora bien, sería Simón Bolívar quien efectivamente la decretará en 1817 tant
 o para los esclavizados como para sus descendientes.</p>  <p>Sobre el papel
  los dos diputados del pueblo en las Juntas Supremas, sus funciones se dedu
 cen del análisis de actas o pronunciamiento sobre los sucesos españoles. Po
 r ejemplo, en la de Quito de 1809 se establece:</p>  <p>Nos, los infrascrit
 os diputados del pueblo, atendidas las presentes críticas circunstancias de
  la nación, declaramos solemnemente haber cesado en sus funciones a los mag
 istrados actuales de esta capital.</p>  <p>Estos diputados, al ser represen
 tantes del pueblo cuya voluntad era ejercer el derecho de designar sus gobe
 rnantes, estaban comisionados para llevar ante el órgano directivo vigente 
 la decisión tomada.&nbsp;</p>  <p>En el Acta de la&nbsp;<strong>Junta de Nu
 eva Granada del 20 de julio de 1810</strong>, los diputados tienen un papel
  determinante en las decisiones de revocatoria de las autoridades españolas
  y en la designación de las nuevas autoridades:</p>  <p><strong>En virtud d
 e haberse juntado el pueblo en la plaza pública</strong>&nbsp;y proclamado 
 por su diputado el señor regidor don José Acevedo y Gómez “respondió el pue
 blo con las señales de la mayor complacencia, aprobando cuanto expuso su di
 putado.</p>  <blockquote>  <p>(…) Con este motivo se levantaron sucesivamen
 te de sus asientos varios de los vocales nombrados por el pueblo, y con sól
 idos y elocuentes discursos demostraron ser un delito de lesa majestad y al
 ta traición, el sujetar o pretender sujetar la soberana voluntad del pueblo
 , tan expresamente declarada en este día.</p>  <p>(…) En manos del señor re
 gidor, primer diputado del pueblo don José Acevedo y Gómez: Juramos por el 
 Dios que existe en los cielos y cuya imagen está presente y cuyas sagradas 
 y adorables máximas contiene este libro, cumplir religiosamente la constitu
 ción y voluntad del pueblo expresada en esta acta.</p>  </blockquote>  <p>&
 nbsp;En el acta del 19 de abril de 1810, se expresa en algo el proceso de e
 lección de los diputados venezolanos para integrar aquel cabildo convertido
  en “congreso provisional”.&nbsp;<strong>No puede haber dudas de que la sel
 ección debió producirse antes de que los ánimos se caldearan</strong>. Pero
  si se realizó su proclamación en plena efervescencia para que tuviera su i
 mpacto en las autoridades españolas y en el resto de la población que llena
 ba las calles en uno de los días del mayor&nbsp; fervor católico como era e
 l Jueves Santo. Un día seguramente escogido simbolicamente por los “conspir
 adores” para efectuar el definitivo pronunciamiento:</p>  <blockquote>  <p>
 &nbsp;Y entonces, aumentándose la congregación popular y sus clamores por l
 o que más le importaba, nombró para que representasen sus derechos, en cali
 dad de diputados, a los señores doctores don José Cortés de Madariaga, canó
 nigo de merced de la mencionada iglesia; doctor Francisco José de Rivas, pr
 esbítero; don José Félix Sosa y don Juan Germán Roscio</p>  <p>(…) en la cu
 al también se insertan (acta) los demás diputados que posteriormente fueron
  nombrados por el pueblo (…) En este estado notándose la equivocación padec
 ida en cuanto a los diputados nombrados por el gremio de pardos se advierte
  ser sólo el expresado don José Félix Ribas.</p>  </blockquote>  <p>&nbsp;Q
 ueda con amplitud y sin lugar a equivocaciones, expresado en el acta, el ca
 rácter de elección popular de los diputados mencionados a los que se les di
 o la misión fundamental de destituir a las autoridades y nombrar nuevo gobi
 erno autónomo, en nombre del pueblo. Esos hombres llevaban sobre sus espald
 as el peso más importante de aquella mañana: la representación de la sobera
 nía popular.</p>  <p>Las principales deliberaciones se suceden entre Empara
 n y los diputados del pueblo. “Habló en primer lugar después de su señoría 
 el diputado primero en el orden con que quedan nombrados”, reza el acta red
 actada por el Diputado Roscio Nieves. Todo esto explica las palabras y acci
 ones hasta gestuales de aquellos hombres. Eran la voz del pueblo en aquel “
 congreso” por lo que&nbsp; sus palabras y señas, como las ya célebres del P
 adre Madariaga, eran seguidas con máxima atención.&nbsp;</p>  <p>Al final d
 el Acta del 19 de abril, se incluyen vivas a los diputados que representan 
 al Pueblo. Vale decir, vivas a Madariaga, De Rivas. Sosa, Ribas y Roscio po
 r la misión cumplida. Felicitaciones que les otorgaban sus compañeros por l
 a correcta tarea en aquel glorioso momento para la Patria.</p>  <p>Todo par
 ecía bien aquella mañana hasta que&nbsp;<strong>los miembros de la Real Aud
 iencia</strong>, una de las instituciones supremas de la tiranía española e
 n la Capitanía General, se negaron a presentarse en el lugar de la vital re
 unión a la que habían sido convocados.</p>  <p>Los de la Real Audiencia int
 entan hacer que los soldados, ya impuestos del paso dado, retrocedan y disu
 elva la augusta asamblea. Uno de los presentes le informa al diputado Rosci
 o. Éste, a pasos firmes y agigantados, se dirige al lugar de reunión de los
  realistas rebeldes. Entra, impone su recia presencia y con tono decidido l
 es advierte que no tolerarán su conducta en contra de la decisión soberana 
 del pueblo. Sin mediar palabras, les promete que serán tratados con respeto
  a su condición humana pero con la firmeza necesaria si intentaban algo en 
 contra de la voluntad popular.&nbsp;</p>  <p>Aquellos hombres, acorralados 
 por la evidencia y la actitud decidida del diputado del pueblo, se doblegan
  y siguen dóciles al recio diputado cabildo, donde se les despoja definitiv
 amente de toda autoridad.</p>  <p><strong>En las deliberaciones para elabor
 ar el acta, Roscio vuelve sobre principios del derecho natural, del mérito 
 y la virtud.</strong>&nbsp;Las coincidencias en la obra escrita, antes y de
 spués, de Roscio con el acta, son las que prueban su papel protagónico en l
 a redacción de la misma. En el libro&nbsp;<em>El triunfo de la Libertad sob
 re el Despotismo</em>, en el&nbsp;<em>Patriotismo de Nirgua</em>&nbsp;y en 
 el&nbsp;<em>Manifiesto que hace al Mundo la Confederación de Venezuela</em>
 , se distinguen conceptos referidos a la soberanía popular que se incorpora
 n en breves líneas en el Acta del 19 de abril.</p>  <p>Mucho se ha especula
 do sobre&nbsp;<strong>la cualidad étnica del 19 de abril de 1810</strong>, 
 a la que se ha insistido en calificar de mantuana y oligarca,&nbsp; procura
 ndo restar méritos a la&nbsp;<strong>Revolución que originó la República</s
 trong>. Un párrafo de unas notas elaborados por los delegados enviados a Gr
 an Bretaña, cuyo jefe era el recién designado coronel&nbsp;<strong>Simón Bo
 lívar</strong>, de fecha 5 de agosto de 1810, despeja esta duda:&nbsp;</p> 
  <blockquote>  <p>La Revolución de Sur América se compone de Españoles nati
 vos, a quienes ha sido siempre la política de la Madre Patria confiar todo 
 el poder civil y militar; de los criollos, de los negros, que representan u
 na muy pequeña proporción con los blancos y de los indios aborígenes; hay u
 na quinta clase, que son los llamados cuarterones producto de un mulato y d
 e un blanco estos están representados en la nueva Convención de Gobierno.</
 p>  </blockquote>  <p>La Revolución que estalló en la ciudad de Caracas&nbs
 p;<strong>el 19 de abril de 1810, fue una insurrección de las cuatros últim
 as contra la primera casta</strong>&nbsp;y por esta causa asume una importa
 ncia que de otro modo no tendría como revolución popular que generó la inde
 pendencia del país.</p>  <p>La decisión había sido tomada, su perfeccionami
 ento estaba en marcha. Seguía ahora la conformación de la Junta Suprema de 
 Caracas.&nbsp;</p>  <p>Un amplio número de ciudadanos (23) va a componer es
 te cuerpo:</p>  <p>José de las Llamozas<br />Martín Tovar Ponte<br />Felici
 ano Palacios<br />Nicolás de Castro<br />Juan Pablo Ayala;<br />José Cortés
  de Madariaga<br />José Hilario Mora<br />Isidoro Antonio López Méndez<br /
 >Francisco José Ribas<br />Rafael González<br />Valentín de Ribas<br />José
  Félix Sosa<br />Juan Germán Roscio N<br />Juan de Ascanio<br />Pablo Nicol
 ás González;<br />Francisco Javier de Ustáriz<br />Silvestre Tovar Liendo<b
 r />Nicolás Anzola<br />José Félix Ribas<br />Fernando Key Muñoz<br />Lino 
 de Clemente<br />José María Blanco<br />Dionisio Palacios</p>  <p>La Junta 
 nombra como secretarios a José Tomás Santana y Casiano Bezares, presidentes
  a José de las Llamozas y Martín Tovar Ponte. Se designa a Juan Germán Rosc
 io Nieves para la secretaría de Relaciones Exteriores, Nicolás Anzola en Gr
 acia y Justicia, Hacienda a Fernando Key Muñoz y para Guerra y Marina Lino 
 de Clemente.&nbsp;</p>  <p>Una generación brillante que alumbró el camino h
 acia la Independencia,&nbsp;<strong>gran parte de ellos olvidados en el Bic
 entenario de su gloriosa gesta</strong>.</p>  <hr />  <p>&nbsp;Fuente: Toma
 do del libro de Reinaldo Bolívar (2013):&nbsp;<a href="https://saberesafric
 anos.net/escuela/fondo-documental/category/14-libros-y-otras-publicaciones.
 html?start=20" class="jcepopup" dir="ltr" data-mediabox="1">Los Olvidados d
 el Bicentenario, Juicio Final al Mestizo Juan Germán Roscio Nieves</a>.</p>
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