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SUMMARY:2 de noviembre de 1817: Simón Bolívar decreta la octava estrella de la Bandera Nacional
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DESCRIPTION:\nEl 20 de noviembre de 1817, en el Palacio de Angostura, actual Estado Bol
 ívar, el Libertador Simón Bolívar decretó que se agregara una octava estrel
 la a la Bandera Nacional, como emblema de la provincia de Guayana, que se l
 iberó a finales de 1816.\nSu decreto verso así: “Habiéndose aumentado el nú
 mero de las provincias que componen la República de Venezuela, por la incor
 poración de la Guayana, decretada el 15 de octubre último, decreto: Artícul
 o único. A las siete estrellas que lleva la Bandera Nacional de Venezuela s
 e añadirá una, como emblema de la Provincia de Guayana, de modo que el núme
 ro de las estrellas será en adelante de ocho”.\nA pesar de ello, el decreto
  de las ocho estrellas, promulgado por Bolívar fue derogado por la Ley del 
 4 de octubre de 1821, dictada por el Congreso de Cúcuta, una asamblea que t
 uvo por objetivo la unificación de las repúblicas de Nueva Granada y Venezu
 ela en una sola nación.\nEn ell año 2005,  el Comandante Hugo Chávez Frías,
  para conservar el legado del Libertador de la Patria, propuso a los diputa
 dos a la Asamblea Nacional (AN),  que a la Bandera Nacional, se le añadiera
  otra estrella como símbolo de la octava provincia, Guayana, y que al escud
 o de armas retornará el caballo indomable que simboliza la independencia.\n
 Ell 7 de marzo de 2006, la Asamblea Nacional, derogará la Ley de Bandera, E
 scudo e Himno Nacional del 17 de febrero de 1954.\n
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 Venezuela.jpg" alt="Bandera de Venezuela con ocho estrellas" width="600" />
 </p><p>El 20 de noviembre de 1817, en el Palacio de Angostura, actual Estad
 o Bolívar, el Libertador Simón Bolívar decretó que se agregara una octava e
 strella a la Bandera Nacional, como emblema de la provincia de Guayana, que
  se liberó a finales de 1816.</p><p>Su decreto verso así: “Habiéndose aumen
 tado el número de las provincias que componen la República de Venezuela, po
 r la incorporación de la Guayana, decretada el 15 de octubre último, decret
 o: Artículo único. A las siete estrellas que lleva la Bandera Nacional de V
 enezuela se añadirá una, como emblema de la Provincia de Guayana, de modo q
 ue el número de las estrellas será en adelante de ocho”.</p><p>A pesar de e
 llo, el decreto de las ocho estrellas, promulgado por Bolívar fue derogado 
 por la Ley del 4 de octubre de 1821, dictada por el Congreso de Cúcuta, una
  asamblea que tuvo por objetivo la unificación de las repúblicas de Nueva G
 ranada y Venezuela en una sola nación.</p><p>En ell año 2005,&nbsp; el Coma
 ndante Hugo Chávez Frías, para conservar el legado del Libertador de la Pat
 ria, propuso a los diputados a la Asamblea Nacional (AN),&nbsp; que a la Ba
 ndera Nacional, se le añadiera otra estrella como símbolo de la octava prov
 incia, Guayana, y que al escudo de armas retornará el caballo indomable que
  simboliza la independencia.</p><p>Ell 7 de marzo de 2006, la Asamblea Naci
 onal, derogará la Ley de Bandera, Escudo e Himno Nacional del 17 de febrero
  de 1954.</p>
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