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Opinión

LA CONSTITUYENTE Y LAS MEGAELECCIONES

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La convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente, que realizó el Presidente Hugo Chávez cuando tomaba posesión del cargo en 1999, abrió las puertas a ese proceso de participación popular y marcó el inicio de la transformación del Estado:  Así como el cambio en la relación entre el pueblo y las autoridades electas y designadas.

Es la Constitución  Bolivariana del 99 la que establece una serie de mecanismos para la modificación del  texto constitucional. Entre esas incorpora la de convocar a una Asamblea Nacional Constituyente en su espíritu democrático, participativo y protagónico. En su artículo 5 dispone lo siguiente: “La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley e indirectamente mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el Poder Público. Los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos”

Ante el legado constitucional que dejó el presidente Chávez,  el 11 de mayo de 2017  el presidente Nicolás Maduro tomo la iniciativa de llamar a una Asamblea Nacional Constituyente.  La misma se sirvió para restablecer el orden en el país, trastocado por las acciones violentas que desde el mes de abril del 2017 habían desatado sectores  violentos de la oposición. Se abrió la posibilidad  de que sectores en disputa se sentaran de nuevo en una misma mesa para dialogar y buscar soluciones en los aspectos económico, político y social, partiendo del carácter supraconstitucional del poder originario. Así mismo que el soberano ejerza su soberanía e imponga la paz, la armonía, el dialogo nacional y transformación del Estado que necesita la República para adaptarse a la nueva realidad del país. La convocatoria a la Constituyente se sustenta en el artículo 347: “El pueblo de Venezuela es el depositario del poder constituyente originario. En ejercicio de dicho poder, puede convocar una Asamblea Nacional Constituyente con el objeto de transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva constitución”.

Después del resonante triunfo por el soberano en las elecciones  que se escogieron los asambleístas para la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) el 30 de julio del año pasado, dicha institución  propuso adelantar las elecciones para gobernadores y alcaldes en el mes de octubre y diciembre respectivamente. La Revolución Bolivariana obtuvo la gran mayoría de las gobernaciones y alcaldías lo cual ha generado un mayor clima de gobernabilidad. De igual manera la ANC dispuso adelantar las elecciones presidenciales para el 22 de abril del presente año.

Desde esta visión el primer Vicepresidente  del Partido Socialista Unido de Venezuela y constituyentista Diosdado Cabello    anuncio  la necesidad de adelantar las elecciones para diputados y diputadas de la Asamblea Nacional.  En esta tónica el Presidente de la República; Nicolás Maduro, amplía el planteamiento del constituyentista Cabello y propone a la ANC  debatir la viabilidad de que sean unas elecciones  generales que incluyan     concejales legisladores regionales, diputados y concejales en conjunto con las presidenciales.  Vale decir, todos los cuerpos colegiados nacionales, estadales y municipales.

Debemos resaltar que la oposición venezolana  a partir del triunfo de la Asamblea Nacional en el 2015 venía proponiendo una constituyente con el objetivo de retomar el poder, sin embargo, cuando las fuerzas revolucionarias bolivarianas  asumen dicho planteamiento y cambia la correlación de fuerzas políticas, la oposición la descarta y señala a la Revolución Bolivariana como totalitaria. Con esta ilógica posición se le cae la máscara de demócratas  a la oposición  que pretende es tomar el poder  a través de un golpe de estado o  una invasión extranjera, para de esta manera acabar con todas las conquistas sociales y con la Constitución Bolivariana que las garantiza. Antes su impopularidad, bien sabe la oposición que por  la vía electoral se les hará difícil eliminar las conquistas del proceso bolivariano.


Fuente: Autor/AM
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